Guía para un discurso igualitario. Universidad de Alicante

La escena social, económica, política e institucional ha vivido en las últimas décadas un rápido e intenso proceso de cambio. Uno de sus signos más inequívocos lo dibuja la mayor participación de mujeres en ámbitos en los que su presencia era anecdótica. En este nuevo contexto se sitúa la creciente preocupación por el impulso de políticas de igualdad, que en el plano jurídico se han concretado en la aprobación de un marco legislativo específico. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres es nuestro referente más inmediato. En ella se desarrollan los mandatos constitucionales que proclaman, de un lado, el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo y, de otro, la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sea real y efectiva. En la citada ley se requiere la implantación de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo y su fomento en la totalidad de las relaciones sociales, culturales y artísticas” (art. 14). Pero la Ley de Igualdad Efectiva no es nuestra única referencia legislativa: Naciones Unidas, el Parlamento Europeo, el Parlamento de España y las Cortes Valencianas han dictado leyes, resoluciones, y recomendaciones que instan al uso igualitario del lenguaje.