Glosario de términos
Son medidas temporales y específicas a favor de las mujeres, para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres, con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad.
Recibe tal tratamiento cualquier comportamiento verbal, psicológico o físico no deseado, de índole sexual, dirigido hacia una persona por razón de su sexo y con el propósito de atentar contra su dignidad o de crear un entorno intimidatorio, hostil, humillante u ofensivo.
Profesional cuya misión es diseñar, implementar y evaluar políticas de igualdad de oportunidades; asesorar en la puesta en marcha de proyectos, programas o planes para la integración de la perspectiva de género en instituciones, empresas y organizaciones varias; así como dirigir, gestionar, coordinar, dinamizar y evaluar planes, programas y proyectos de acción positiva en los diferentes escenarios profesionales.
Este término proviene del griego andros (hombre) y sitúa la mirada masculina en el centro del Universo, erigiéndose como medida de todas las cosas y representación global de la humanidad, omitiendo la existencia de las mujeres como iguales. De esta forma, además de distorsionar la realidad, el androcentrismo también implica una reducción de ésta, ya que se imponen ideas universales a partir de particulares, teniendo sólo en cuenta el punto de vista masculino.
Es un método de intervención educativa que, yendo más allá de la educación mixta, asienta sus bases en el reconocimiento del potencial y la individualidad de niños y niñas, con independencia de su sexo. Supone educar sin discriminar, pero reconociendo el valor de las diferencias entre los sexos.
Se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento. (disposicional adicional primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.)
Supone propiciar las condiciones para lograr un adecuado equilibrio entre las responsabilidades personales, familiares y laborales. Así, las políticas en materia de conciliación, suponen la introducción de sistemas de permiso por razones familiares y de permiso parental y maternal, de atención a la infancia y a personas de edad avanzada, y la creación de una estructura y organización del entorno laboral que facilite a hombres y a mujeres la combinación del trabajo y de las responsabilidades familiares y domésticas.
Se trata de un concepto que va más allá de la mera “conciliación” que implica compartir la responsabilidad de una situación, infraestructura o actuación determinada. Las personas o agentes corresponsables poseen los mismos deberes y derechos en su capacidad de responder por sus actuaciones en las situaciones o infraestructuras que están a su cargo.
La Declaración de Pekín y la Plataforma de Acción fue adoptada por la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer: Acción por la Igualdad, Desarrollo y Paz, celebrada en Pekín el 15 de septiembre de 1995. El documento acordado por los distintos gobiernos del mundo en la conferencia es un marco exhaustivo de acciones estratégicas que deben adoptarse para concretar y mejorar los objetivos de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW en inglés). Aunque por su propia naturaleza no es un documento de obligado cumplimiento, contiene una serie de compromisos políticos que suponen una declaración de principios con un gran valor simbólico.
Para poder llevar a cabo un análisis desde la perspectiva de género, todos los datos deben estar separados por sexo con el fin de poder medir los impactos diferenciales sobre mujeres y hombres. Los datos desagregados por sexo ofrecen información estadística cuantitativa sobre las diferencias y desigualdades entre hombres y mujeres.
Para el desarrollo de los roles productivos y reproductivos se requiere el uso de ciertos recursos. En general, existen diferencias entre mujeres y hombres tanto en el acceso como en el control de dichos recursos. Para aclarar estos conceptos, introducimos tres definiciones:
- Acceso: oportunidad para hacer uso de algo.
- Control: capacidad para definir su uso e imponer esa definición a los demás.
- Recursos: los recursos pueden ser económicos, como la tierra, un inmueble o equipamiento; políticos, como la representación, el liderazgo y las estructuras legales; sociales, tales como la atención infantil, la planificación familiar o la educación; y también pueden referirse al tiempo, un recurso tan crítico como escaso.
La discriminación está presente de muy distintas formas en nuestro día a día. Según la Organización Internacional del Trabajo, OIT, se entiende por discriminación cualquier distinción, exclusión o trato preferente basado en la raza, sexo, religión, opinión política, nacionalidad u origen social que provoque el efecto de anular o infringir el principio de igualdad de oportunidades. Pueden distinguirse dos formas de discriminación:
- Discriminación directa: aparece cuando, sin que exista una menor cualificación, dentro del marco legal, ciertos grupos de la sociedad son excluidos de manera explícita o puestos en una posición de desventaja respecto del resto de la sociedad debido a características tales como el género.
- Discriminación indirecta: está asociada a normas y leyes, intrínsecamente neutrales, pero que afectan de manera negativa a determinados grupos.
La Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra las Mujeres (CEDAW), aprobada por las Naciones Unidas en 1979, determina que “la discriminación contra las mujeres comprende toda distinción, exclusión o restricción hecha sobre la base del sexo, con el propósito de anular o restringir el reconocimiento, disfrute y ejercicio por parte de las mujeres, en un marco de igualdad entre hombres y mujeres, de los derechos y libertades fundamentales en el terreno político, social, económico, cultural o civil”. Se refiere a cualquier distinción, exclusión o restricción fundamentada en la construcción social de normas y roles de género, que impiden a una persona el pleno disfrute de los Derechos Humanos.
Hace referencia a la asignación de diferentes trabajos o tipos de tareas a hombres y mujeres, normalmente por costumbre o siguiendo la tradición. Una división desigual del trabajo trae consigo una distribución desigual de los réditos derivados del desempeño de ese trabajo. En este caso, la discriminación hacia la mujer aparece en tanto que es probable que las mujeres asuman la mayoría de la carga de trabajo y la mayoría del trabajo no remunerado, mientras que los hombres perciben la mayor parte de los ingresos y recompensas derivados del trabajo.
Es aquella que comprende, tanto la jornada laboral, como las horas de trabajo doméstico no remunerado. Esto implica que la mujer, aún
habiéndose incorporado al mercado de trabajo, sigue asumiendo, en exclusiva o al menos en gran medida, la responsabilidad relacionada con las tareas domésticas. Es uno de los exponentes más claros de las falsas conquistas de la igualdad.
Este término hace referencia tanto al proceso como al resultado mismo de la toma de control, por parte de mujeres y hombres, de sus propias vidas. Esto se concreta en el establecimiento de sus prioridades; la capacidad para desarrollar sus propias habilidades y le (o que le sean reconocidas esas mismas habilidades y sus conocimientos); el incremento de su autoestima; la resolución de problemas; y el desarrollo de la autoconfianza. El empoderamiento implica el desarrollo de la capacidad de la mujer para tomar sus decisiones vitales estratégicas en un contexto en que ésta le era previamente negada.
La equidad deriva del concepto de justicia social. Representa la creencia de que hay ciertas cosas que todas las personas deberían tener, que hay ciertas necesidades básicas que deben tener cubiertas y que determinadas cargas y facilidades no deberían ser distribuidas de manera demasiado divergente entre los miembros de la comunidad. Así, la equidad implica el desarrollo de políticas que deberían ser dirigidas desde la imparcialidad, la transparencia y la justicia hacia esos fines. Supone, además, que debe existir un nivel de ingresos y unas determinadas condiciones de vida en el entorno bajo los que nadie puede caer.
Es un término que se refiere a la justicia en el trato a mujeres y hombres, conforme a sus necesidades respectivas. Esto incluye la posibilidad de dar un tratamiento diferenciado a mujeres y hombres pero que se sigue considerando como igual en tanto que es equivalente en términos de derechos, beneficios, obligaciones y oportunidades. Para su desarrollo, se requiere en muchas ocasiones de medidas que compensen situaciones históricas de desventaja social.
Idea impuesta, simplificada y fuertemente asumida, acerca de los rasgos, actitudes y aptitudes de mujeres y hombres.
Se define como el asesinato de mujeres y niñas debido a su sexo. Las causas y factores de riesgo de este tipo de violencia están relacionadas con la desigualdad de género, la discriminación y la falta de independencia económica, que son el resultado de una minusvaloración sistemática de los Derechos Humanos de las mujeres. Los feminicidios se ven potenciados en entornos en los que los actos de violencia son aceptados y la impunidad es facilitada por la negativa de las autoridades a enfrentarse a esos problemas.
La brecha entre mujeres y hombres dentro del ciclo de la pobreza ha continuado ensanchándose en la última década, un fenómeno que se denomina comúnmente como feminización de la pobreza. Esta situación provoca que la mujer esté al margen del acceso a recursos tales como el crédito, la tierra o las herencias patrimoniales. La consecuencia directa es que las necesidades de la mujer no son asuntos prioritarios, de manera que surgen importantes carencias a nivel sanitario y educativo y una falta de presencia de la mujer en los procesos de toma de decisiones. Es importante señalar que, aunque en muchas ocasiones la mujer no sea más pobre que el hombre en términos económicos, la situación de pobreza supone para la mujer una mayor vulnerabilidad y una mayor exclusión que para el hombre.
Es un término que se fundamenta en la obligación legal de desarrollar legislación no discriminatoria. La igualdad protege a las personas de grupos minoritarios de ser discriminadas por rasgos tales como sexo, raza, discapacidad, creencias, edad, religión u orientación sexual.
Equiparación de hombres y mujeres mediante medidas legislativas que, además, prohibe la discriminación. Sin embargo, las inercias sociales siguen manteniendo las barreras estructurales que dificultan el logro de la igualdad.
Son variables de análisis que describen la situación de las mujeres y los hombres en la sociedad. El conocimiento de la realidad social, laboral, formativa y económica desde una perspectiva de género, requiere la utilización de estos indicadores que facilitan la comparación entre la presencia de mujeres y hombres e identifica diferencias que pueden alimentar estereotipos.
Este término designa la situación social, económica y política en la que han desaparecido las desigualdades construidas entre mujeres y hombres, permaneciendo las diferencias biológicas y las individuales entre las personas.
Mecanismo que permite identificar y valorar los diferentes resultados y efectos de una norma o una política pública en uno y otro sexo, con objeto de neutralizar los mismos para evitar sus posibles efectos discriminatorios.
(Ver uso sexista del lenguaje)
El machismo es un conjunto de creencias, costumbres y actitudes que sostienen que el hombre es superior a la mujer en inteligencia, fuerza y capacidad. Es decir, asignan a las mujeres características de inferioridad.
Actitud rencorosa, hostil y despreciativa hacia las mujeres que pueden llevar implícita la violencia.
Estructura social sistémica en que se institucionaliza el poder económico, social y físico del hombre sobre la mujer.
Consiste en tomar en consideración y prestar atención a las diferencias entre mujeres y hombres en cualquier actividad o ámbito político.
Se trata de un Plan General que el Gobierno Regional aprueba en cada legislatura y que recoge de forma coordinada y global las líneas de intervención y directrices que deben orientar la actividad de los poderes públicos murcianos en materia de igualdad de mujeres y hombres.
Se trata de un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a conseguir la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
Las Políticas de igualdad de oportunidades son aquellas que incorporan la perspectiva de género en la planificación, desarrollo y evaluación de las políticas generales en materia de educación, salud, empleo, participación, urbanismo, etc.
Este término hace referencia a una variedad de procesos y herramientas que permiten evaluar el impacto de los presupuestos públicos, sobre diferentes grupos de hombres y mujeres, a través del reconocimiento de las relaciones de género que subyacen y se sostienen en la sociedad y en la economía. Es importante tener en cuenta que no se trata en ningún caso de diseñar presupuestos diferenciados para mujeres, sino de diseñar los presupuestos desde una perspectiva de género que analice el impacto que las distintas partidas tienen sobre mujeres y hombres y sobre el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades.
Son comportamientos adquiridos y aprendidos en una sociedad o comunidad u otro grupo determinado, que determinan qué actividades, tareas y responsabilidades son percibidas como masculinas y femeninas. En ellos influye la edad, la clase social, la raza, la religión y el grupo étnico, así como el entorno geográfico, político y económico. Los cambios en los roles de género suelen suceder como respuesta a cambios en este entorno, incluyendo especialmente las etapas en las que se producen cambios importantes en el desarrollo. Se distinguen, fundamentalmente, dos tipos de roles:
- Roles productivos: están relacionados con las actividades desempeñadas por hombres y mujeres para la producción de bienes y servicios para la venta, el intercambio o la cobertura de necesidades de subsistencia de la familia.
- Roles reproductivos: se refieren a las actividades necesarias para el sostenimiento de una sociedad pero que no están retribuidas. Incluye tareas asociadas a la reproducción, como el cuidado de niños y niñas y la asistencia a las personas mayores y a otros miembros de la familia. Se trata frecuentemente de tareas desempeñadas exclusiva o mayoritariamente por mujeres
Distribución no uniforme de mujeres y hombres en sectores y subsectores de actividad. Generalmente, la segregación horizontal de la ocupación hace que las mujeres se concentren en puestos de trabajo de sectores y subsectores productivos caracterizados por una remuneración y un valor social inferiores y que son, en buena medida, una prolongación de las actividades realizadas en el ámbito doméstico.
Distribución no uniforme de mujeres y hombres en niveles diferentes de puestos de trabajo u ocupación Generalmente, la segregación vertical de la ocupación hace que las mujeres se concentren en puestos de trabajo de menor responsabilidad, mientras que son los hombres quienes detentan los puestos más altos de la jerarquía.
Teoría basada en la inferioridad del sexo femenino que viene determinada por las diferencias biológicas entre hombres y mujeres. La construcción de un orden simbólico en el que las mujeres son consideradas inferiores a los hombres implica una serie de comportamientos y actitudes estereotipados que conducen a la subordinación de un sexo con respecto al otro.
Este término alude a las responsabilidades y cargas afectivas y emocionales que, en el ámbito doméstico, acaban recayendo sobre las mujeres, atrapándolas con los lazos de los afectos que dificultan o impiden su salida y realización personal lejos del ámbito familiar.
Movimiento feminista del siglo XIX que reclamaba el derecho al sufragio de las mujeres.
Es un concepto que suele referirse a los obstáculos que enfrentan las mujeres que ejercen o aspiran a ejercer altos cargos y acceder a una mayor remuneración en corporaciones, organizaciones gubernamentales, educativas y sin fines de lucro.
Trabajo enfocado, principalmente, al mantenimiento del hogar y al cuidado de quienes viven en él. El trabajo doméstico incluye la cobertura de las necesidades de alimento, higiene, cuidado de hijos e hijas, personas enfermas, mayores, etcétera. El trabajo doméstico es desarrollado fundamentalmente por mujeres estando, en consecuencia, pobremente valorado tanto en términos sociales como económicos, lo que hace que sea calificado por muchos como trabajo invisible.
La transversalidad o mainstreaming de género se refiere al proceso de evaluar las implicaciones para mujeres y hombres en la planificación de cualquier acción, incluyendo la legislación, las políticas y los programas de actuación de cualquier área y a todos los niveles. Es una estrategia para hacer que las inquietudes y necesidades de mujeres y hombres formen parte de una dimensión integral en el diseño, implementación, control y evaluación de las medidas y programas en todas las esferas políticas, económicas y sociales con el fin de evitar la perpetuación de desigualdades entre mujeres y hombres. El objetivo último de la transversalidad es lograr la igualdad de género.
Unidad administrativa que propone, ejecuta e informa de las actividades de la Consejería u Organismo Autónomo al que está adscrita, en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
El lenguaje en sí mismo no es sexista, sino que puede serlo el uso que de él se hace. Se suele entender por lenguaje sexista el uso exclusivo de uno de los dos géneros (en general el masculino) para referirse a ambos, excluyendo al otro, aunque sea, como en la mayoría de los casos, de manera involuntaria.
La Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres la define como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para las mujeres, incluyendo la amenaza de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se produce en la vida pública o privada”. En 1980, la ONU reconoció la violencia contra las mujeres como el crimen encubierto más frecuente del mundo.
Toda forma de violencia física, sexual o psicológica que pone en peligro la seguridad o el bienestar de un miembro de la familia; recurso a la fuerza física o al chantaje emocional; amenazas de recurso a la fuerza física, incluida la violencia sexual, en la familia o el hogar. También puede incluirse el maltrato de tipo económico. Es importante incidir en el hecho de que esta violencia no va dirigida, necesariamente, contra la mujer, sino que puede tener por objetivo a menores, personas mayores o personas con discapacidad.
Atenta contra los derechos humanos de la mujer y es una evidente injusticia social, perdurando por falta de voluntad política cuando se consiente que la mujer quede relegada a posiciones sociales en las que no puede tener el control sobre su propia vida.
Johan Galtung, especialista en temas de paz, violencia, conflicto y mediación, habla del triángulo de la violencia, constituido por la violencia directa, física o verbal, que se expresa especialmente en las guerras o conflictos armados, la violencia estructural manifestada en la represión, la explotación y la marginación y la violencia cultural originada por el racismo, el patriarcalismo y el sexismo, etc.