Planes para la igualdad de oportunidades

Los Planes de Igualdad son instrumentos fundamentales para la intervención pública en materia de igualdad entre los sexos. Constituyen marcos de actuación que contienen estrategias orientadas a hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres.

Los Planes combinan medidas de acción positiva, dirigidas a compensar una situación concreta de desigualdad, con medidas generales destinadas a promover la igualdad en los diversos ámbitos sociales, económicos y culturales. La elaboración de estos instrumentos supone un paso hacia la coordinación interinstitucional y la planificación global de la intervención pública en materia de igualdad.

Organismo

Plan

Periodo

Dirección General de la Mujer

I Plan de Igualdad de Oportunidades para Mujeres

1993-1995

Dirección General de Juventud. Mujer y Familia

II Plan de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres

1997-2000

Secretaría Sectorial de Mujer y Juventud

I Plan de Acción contra la violencia Familiar

1998-2002

Instituto de la Mujer de la Región de Murcia

II Plan de Acciones contra la violencia hacia las Mujeres

2003-2005

Instituto de la Mujer de la Región de Murcia

III Plan de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres

2004-2005

Instituto de la Mujer de la Región de Murcia

IV Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres

2009-2011



Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2014-2016

Este Plan es el instrumento a través del cual el Gobierno define, en aquellos ámbitos que son competencia del Estado, los objetivos y medidas prioritarios para eliminar cualquier discriminación por razón de sexo que pueda persistir y para alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Responde a tres objetivos estratégicos de carácter prioritario:

  1. Reducir las desigualdades que aun existen en el ámbito del empleo y la economía, con especial incidencia en las desigualdades retributivas;
  2. Apoyar la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral; 
  3. Erradicar la violencia que sufren las mujeres por el hecho de serlo.

A estos se suman otros tres:

  1. Mejorar la participación de las mujeres en los ámbitos político, económico y social;
  2. Impulsar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través del sistema educativo;  
  3. Integrar plenamente el principio de igualdad de trato y de oportunidades en todas las políticas y acciones del Gobierno. Todos ellos esenciales para avanzar hacia la igualdad de trato y hacia la igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres.


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IV Plan de Igualdad Estratégico de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de la Región de Murcia

La Ley 7/2007 para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género de la Región de Murcia, aprobada por la Asamblea Regional el 4 de abril de 2007 y publicada en el BORM nº 91 de 21 de abril, crea un marco de desarrollo e implantación de políticas integrales que permita eliminar los obstáculos que impiden o dificultan todavía el respeto al principio constitucional de igualdad de hombres y mujeres en la Región de Murcia (Exposición de motivos, III). En este sentido, la Ley 7/2007 constituye el marco de intervención estructural de la estrategia del Gobierno Regional para la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, apoyándose en los siguientes Principios generales:

  • No discriminación de las mujeres.
  • Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
  • Eliminación de la violencia ejercida contra las mujeres
  • Transversalidad (integración de la perspectiva de género)
  • Eliminación de discriminaciones directas e indirectas
  • Planificación
  • Coordinación
  • Protección del derecho a la maternidad
  • Corresponsabilidad

Tras la aprobación de la Ley 7/2007 para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género de la Región de Murcia, se elaboró el IV Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de la Región de Murcia, 2009-2011, tal como establece la Ley en su artículo 11 relativo a la obligatoriedad de elaborar un plan de igualdad en cada legislatura.


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